Mexico
Jueves 21 de Mayo del 2026 17:38 hrs

Citan a extraordinario para mover elección judicial y blindar candidaturas


La apertura es el 26 de mayo y se votarán cuatro iniciativas de reforma

La Comisión Permanente del Congreso de la Unión convocó a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores a celebrar un primer periodo de sesiones extraordinarias, cuya apertura se realizará el martes 26 de mayo de 2026 y concluirá una vez que ambas Cámaras determinen que han sido atendidos los asuntos para los que fueron convocadas.

Se acordó que la sesión de Congreso General para declarar la apertura de las sesiones extraordinarias se realice el martes 26 de mayo de 2026, a las 16:00 horas, en la cual la presidencia del Congreso dará cuenta de la comunicación de la presidencia de la Comisión Permanente informando acerca de los motivos que originaron la convocatoria.

Durante las sesiones extraordinarias, las Cámaras del Congreso de la Unión se ocuparán del procedimiento legislativo relativo a los siguientes asuntos:

  • Iniciativa de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del Poder Judicial.
  • Iniciativa de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de integridad en candidaturas.
  • Iniciativa suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del grupo parlamentario de Morena, con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 41, fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos adicionando un inciso d), introduciendo una nueva causal de nulidad de elecciones por intervención extranjera.
  • Iniciativa suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila, del grupo parlamentario de Morena, con proyecto decreto por que se reforman diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, relativos a las causales de nulidad de votación recibida en casilla y de nulidad de elecciones federales.

Además, en el caso de la Cámara de Diputados, dentro de sus facultades exclusivas, se ocupará de las solicitudes de licencia, toma de protesta y reincorporaciones de diputadas y diputados.

Mientras que la Cámara de Senadores, dentro de sus facultades exclusivas, se encargará de los acuerdos de sus órganos de gobierno, y solicitudes de licencia, toma de protesta y reincorporaciones de senadoras y senadores.

El acuerdo determina que las presidencias de las Mesas Directivas de cada Cámara convocarán a las sesiones que sean necesarias, a fin de tratar los asuntos previstos en los artículos Tercero, Cuarto y Quinto del decreto. 

Indica que cuando las Cámaras consideren atendidos los asuntos referidos en los artículos Tercero, Cuarto y Quinto del decreto, respectivamente, podrán realizar la declaratoria de clausura a través de comunicación de la Presidencia de su Mesa Directiva dirigida a sus integrantes y notificada a la colegisladora, ordenando su publicación en la Gaceta correspondiente y en el Diario Oficial de la Federación.

De conformidad con el artículo 72, fracción J, último párrafo, de la Constitución Política, se pidió publicar el decreto en el Diario Oficial de la Federación. Además, se solicitó comunicarlo a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores, así como remitir al Congreso de la Unión el informe que refiere la parte final del primer párrafo del artículo 69 constitucional.

En lo general, se avaló con 26 votos a favor, cero abstenciones y 10 en contra, y en lo particular con 26 a favor, cero abstenciones y 11 en contra, en términos del decreto.

Previamente, con 25 votos a favor y 10 en contra, la Permanente aprobó considerar de urgente resolución la iniciativa que incluye la convocatoria a las Cámaras del Congreso de la Unión a celebrar un primer periodo de sesiones extraordinarias durante el segundo receso del segundo año de ejercicio de la LXVI Legislatura, suscrita por el diputado Ricardo Monreal Ávila y el senador Ignacio Mier Velazco, del grupo parlamentario de Morena.

El documento expone que la dinámica constitucional del Estado mexicano exige que el Congreso de la Unión cuente con la capacidad institucional necesaria para atender, con oportunidad y responsabilidad, aquellos asuntos cuya naturaleza y trascendencia demandan una deliberación inmediata y especializada, aun cuando el Poder Legislativo se encuentre en receso, pues el mecanismo de periodos extraordinarios constituye una herramienta de continuidad constitucional destinada a impedir vacíos de decisión pública y garantizar que las instituciones republicanas respondan de manera eficaz a las necesidades jurídicas, políticas y administrativas del país.

Para la discusión en lo particular, se dio cuenta de las reservas presentadas por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI) al artículo segundo, el diputado Joaquín Zebadúa Alva (Morena) al artículo segundo, el diputado Pablo Vázquez Ahued (MC) a los artículos tercero y quinto, el diputado Gabriel García Hernández (Morena) al artículo cuarto, así como de senadoras y senadores, y otra a nombre del grupo parlamentario del PAN al artículo tercero, cinco propuestas, mismas que no fueron aceptadas.







OPINION

Fuenteovejuna

La calificadora Moody´s también se equivocó. No vio que estamos rete bien. Dice que las finanzas van en picada y calificó como negativa la confianza en el país…

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