Publican manual de uso de cámaras en escuelas
- Por: David González --
- 23/04/2026 @ 16:29 --
- Sureste
Su mal uso será castigado con la destitución del cargo.
Saltillo, Coah.- Bajo la advertencia de que las cámaras de videovigilancia instaladas o por instalar en planteles educativos de todos los niveles en Coahuila no podrán ser utilizados para espiar, hostigar, intimidar o descreditar a cualquier integrante de la comunidad escolar, se publicó a través del Diario Oficial el Protocolo del Uso de Cámaras de Videovigilancia dentro de los Centros Educativos.
A través de esta herramienta se busca prevenir o, en su caso, servir como prueba en casos de afectación al personal docente, trabajadores o alumnos en su seguridad o en las instalaciones educativas desde nivel básico, media y superior.
Al respecto, el director de Educación Primaria, Edgar Veloz Pachicano, se refirió a esta nueva disposición en la que se cuenta con lineamientos y un protocolo bien definido para todos los planteles del ámbito público.
“Ya viene normado cómo sería la reglamentación para instalar cámaras, el uso de ellas, para prevenir o en un momento dado, pues poder conocer una situación que haya sucedido”, destacó.
Pero si, a pesar de existir los lineamientos de uso éstos son infringidos, docentes, directivos y funcionarios que comercialicen u obtengan algún beneficio por el uso de las imágenes o videograbaciones contenidas en los sistemas o equipos, usen, sustraigan, divulguen, oculten, alteren, mutilen, destruyan o inutilicen total o parcialmente las imágenes, serán sancionadas con la destitución del cargo y la inhabilitación como servidor público.
La publicación hecha antes de finalizar el mes de marzo establece las directrices de la colocación de monitores y controles en la dirección o un espacio donde solo la directora, que será la responsable, pueda tener acceso y con esto evitar intromisiones.
“La instalación de cámaras en salones tendrá exclusivamente fines de seguridad y prevención de riesgos quedando estrictamente prohibido su uso para evaluación del desempeño docente o vigilancia del personal educativo. Prohibido instalar cámaras en sanitarios, vestidores, enfermería, consultorios, oficinas de orientación psicológica”, establece la publicación.
Se instruye a señalizar con letreros el sitio donde se coloquen las cámaras y estas deberán encontrarse solo en áreas comunes.
Las grabaciones de seguridad solo se podrán solicitar en los siguientes casos:
- Sospecha de una agresión; entre alumnos, de una madre padre de familia a un docente trabajador o trabajadora de la institución educativa; de una o un alumno a un docente trabajador de la educación y de un docente a docente, trabajador a un alumno y entre cualquier integrante de la comunidad educativa.
- Pérdida de objetos del centro de educación, sospecha de actos ilícitos, portación o consumo de drogas o sustancias ilegales, portación o consumo de alcohol, portación de arma blanca, objetos punzocortantes, portación de armas de fuego, sustracción de menores, robo y vandalismo.
- Sospecha de actos de connotación sexual entre alumnos; de un alumno o alumna a un adulto y viceversa, de un integrante de la comunidad educativa hacia un alumno.
- Accidentes, bullying, maltrato, ausencia de menores de edad en horario escolar y en caso de una orden o petición de una autoridad.